La Comunidad de Madrid ha informado sobre las recomendaciones para la apertura de centros deportivos y gimnasios para evitar la propagación del Covid-19.
El objeto de este documento es plantear las medidas preventivas y actuaciones específicas para el desarrollo de actividades deportivas en instalaciones cubiertas, con la adopción de las mismas se persigue, combatir la propagación del Covid-19, haciendo que las instalaciones Deportivas sean, como siempre han sido, entornos seguros tanto para los profesionales como para los usuarios de las mismas, estas recomendaciones se adaptarán estrictamente a las disposiciones y recomendaciones de las autoridades sanitarias, en caso de darse, así como a los plazos establecidos por las mismas.
Para llevar a cabo la apertura de las instalaciones cerradas, se establecen tres fases claramente definidas:
- Fase 0: Será la fase de preparación o adaptación de las instalaciones y el personal de las mismas a la nueva situación, esta fase, se desarrollará hasta el 31 de mayo de 2020, en función de las recomendaciones contenidas en el presente documento.
- Fase 1: Si las autoridades sanitarias así lo permiten, se llevará a cabo la apertura de las instalaciones cubiertas, así como el desarrollo de las actividades bajo restricciones, en función de las recomendaciones contenidas en el presente documento, la fecha prevista de inicio de esta fase, será el 1 de junio de 2020.
- Fase 2: Adaptación progresiva a las disposiciones y recomendaciones de las autoridades sanitarias, en función de la evolución de la situación, ajustándose en cada momento a las mismas.
Fase 0 (Hasta 31 de mayo de 2020)
Durante esta fase, se deberán acometer todas las acciones de preparación, tanto de las infraestructuras como de los RRHH que aseguren la apertura de los centros bajo los parámetros de calidad y sobre todo de seguridad, siendo los requisitos previos y completamente obligatorios para poder reiniciar la actividad.
Será necesario presentar en la unidad administrativa correspondiente de la Comunidad de Madrid, por parte del titular de la actividad, una declaración responsable del cumplimiento de los siguientes aspectos.
- Limpieza y desinfección profunda de las instalaciones previa a la reapertura mediante empresa o personal especializado en limpieza usando para ello productos homologados, prestando especial atención a los elementos y zonas de uso común.
- Dotar de los EPIs que las autoridades sanitarias recomienden a los trabajadores de la instalación en función de sus tareas y competencias.
- Realizar las funciones de señalización y balizamiento que aseguren en todo momento las circulaciones y las relaciones de forma segura.
- Marcajes de seguridad en suelo de recepción de la instalación y/o en cualquier puesto de atención al público, garantizando una distancia de 2 metros entre usuarios.
- En los puestos de trabajo (como recepción o puestos de atención al público) donde no se pueda garantizar una distancia mínima de seguridad de 2 metros, instalar mamparas protectoras transparentes de metacrilato o similar.
- Colocar cartelería en lugar visible en la instalación para informar y recordar a los usuarios y trabajadores la obligación de cumplir las medidas de higiene y protección establecidas por la autoridad sanitaria contra el Covid-19, con especial énfasis en la recomendación de lavado frecuente de manos a usuarios y trabajadores durante la estancia en las instalaciones.
- En las zonas de Aguas, realizar una hipercloración y el consecuente ajuste paramétrico del agua antes de la apertura.
- Como medida común, mantener los niveles de cloración en la banda alta del rango establecido por la normativa sanitaria de piscinas.
- Puesta en marcha de todos los equipos de ventilación, climatización y calentamiento de agua.
- Establecer puntos de elementos de seguridad en los lugares necesarios de la instalación y de acceso libre a los usuarios (rollos de papel, papeleras, pulverizadores con desinfectante y dosificadores de manos con hidrogel).
- Formar al personal en los nuevos protocolos de reapertura para garantizar su seguridad y la de los usuarios, con especial atención a el distanciamiento social, la limpieza, etc.
- El titular de la instalación deberá actualizar la prevención de los riesgos laborales y todos los profesionales deberán realizar una formación específica en detección de síntomas de prevención del Covid-19, así como seguir las medidas preventivas establecidas.
- Siempre que sea posible, comunicar previamente a la apertura de las instalaciones las medidas adoptadas a los potenciales usuarios de las mismas y de forma obligatoria exponer de manera visible al público un documento que acredite el trabajo realizado antes de apertura.
- Eliminar o inhabilitar cualquier sistema de control de acceso a la instalación que no sea completamente seguro desde el punto de vista sanitario, como el control por huella o cualquier otro de contacto físico proceder a la instalación de sistemas seguros de control de acceso.
Las presentes tareas, se deberán mantener y realizar de forma sistemática, incluso durante el resto de Fases y hasta que las autoridades sanitarias no manifiesten lo contrario.
Fase 1 (Desde el 1 de junio de 2020)
En esta fase, se llevará a cabo la reapertura de las instalaciones y la reanudación
de las actividades, observándose las siguientes medidas:
- Toma de temperatura corporal antes del acceso a la instalación, mediante medios homologados, restringiendo la entrada a aquella persona que arroje valores superiores a 37, 2º.
- Obligado uso de mascarilla de protección, según las recomendaciones de las autoridades sanitarias, por parte toda persona que se encuentre en la instalación, excepto en espacios personalizados que aseguren las medidas de seguridad.
- De forma general y siempre que sea posible, realizar cualquier pago con tarjeta, para evitar, en la medida de lo posible, el contacto con monedas y billetes.
- Garantizar el distanciamiento social mínimo de 2 metros entre personas mediante la separación o alternancia de máquinas/equipamiento; el marcado de suelo; la vigilancia por parte del personal o cualquier otro método efectivo.
- El aforo de las instalaciones estará limitado en todo momento al número de personas que garanticen las distancias de seguridad, tanto en actividades colectivas, como en cualquier otro uso de la instalación.
- Intensificar los servicios de limpieza de las instalaciones, especialmente vestuarios, aseos y zonas de actividad deportiva, estableciendo ciclos periódicos de la misma, especialmente al finalizar y antes del inicio de cada actividad, Incrementar el protocolo de revisión de papeleras y retirada de residuos, garantizando así una limpieza y desinfección permanente de las instalaciones.
- Se hará especial hincapié en la frecuencia de limpieza y desinfección de superficies de alto contacto, como la recepción, los mostradores, el material de entrenamiento, las máquinas, las barandillas, los pomos, los pulsadores, así como en todos los elementos de uso recurrente.
- Se recomienda que, las actividades que así lo requieran, por el número de participantes o por las características propias de la misma, se realicen bajo demanda y reserva previa, usando para ello los canales necesarios y garantizando en todo momento las distancias de seguridad de 2×2 por usuario.
- Los profesionales de entrenamiento personal mantendrán la distancia de 2 metros con el usuario, y las actividades de contacto (boxeo, artes marciales…) se programarán evitando los ejercicios que conlleven contacto.
- Obligatoriedad del uso de toalla en todos los espacios deportivos para protegerse tanto al equipamiento como a sí mismo.
- En caso de uso de los vestuarios, se debe tener en cuenta que su capacidad no debe exceder en ningún momento el número de personas que no aseguren una distancia mínima entre personas de 2 metros. En el caso de las duchas, alternar duchas asegurando distancias mínimas de 2 metros, siempre y cuando no estén individualizadas.
- Se recomienda, en la medida de lo posible, no utilizar los secadores de pelo y manos.
- Inhabilitar las fuentes de agua o cualquier otro sistema que conlleve riesgos y promover el uso individual de botellas.
- Para evitar en la medida de lo posibles los contactos, mejorar la ventilación y facilitar las circulaciones, se deben mantener abiertas, siempre que sea posible, las puertas de acceso a los espacios deportivos y salas de clases colectivas.
- El tiempo máximo de permanencia en la instalación deportiva se ajustará a lo estipulado en cada momento por las autoridades sanitarias.
- Mantener ventilación permanente en todos los espacios abiertos al público. En caso de climatización y deshumectación, mantener abiertos los sistemas de recirculación de aire para renovar con aire exterior.
- Como norma general y siempre que los usos de los vasos así lo permitan, mantener los niveles de cloración en la banda alta del rango establecido por la normativa sanitaria de piscinas.
- Aumentar la frecuencia de control y análisis del PH del agua y los niveles de los desinfectantes de la piscina.
- Incrementar la frecuencia de análisis bacterianos por encima del mínimo obligatorio.
- Intensificar la limpieza y desinfección de los objetos y superficies de contacto en el entorno del agua.
- Instalación de estaciones de limpieza y desinfección en todos los espacios deportivos interiores y vestuarios, para facilitar la limpieza y desinfección del equipamiento, los bancos y las taquillas guardarropa por parte de los usuarios, antes y después de cada uso, complementario al servicio de limpieza del centro deportivo o gimnasio.
- Todas las actividades que se puedan trasladar al exterior, se realizarán al aire libre garantizando en todo momento el distanciamiento de 2 metros entre personas.
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